REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORTE CONSTITUCIONAL
Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004
AUTO 608 DE 2024
Magistrada sustanciadora:
Natalia Ángel Cabo.
Bogotá D.C., primero (1º) de abril de dos mil veinticuatro (2024).
La suscrita magistrada, como presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente providencia con fundamento en los siguientes:
ANTECEDENTES
1. El auto 310 de 2023 adoptó la metodología en relación con la recolección, discusión y presentación de información para la valoración de la superación del estado de cosas inconstitucional. Para tal fin, la Sala convocó seis sesiones técnicas temáticas, una de las cuales se ocupará de la garantía de los derechos de los pueblos y comunidades afrodescendientes e indígenas[1]. Esta diligencia está programada para el 8 de abril de 2024[2].
CONSIDERACIONES
1. De conformidad con lo dispuesto por la Sala Especial de Seguimiento en la sesión técnica del pasado 18 de marzo del año en curso, se reprogramará la sesión correspondiente al diálogo sobre la protección de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes. La nueva fecha será el 10 de mayo de 2024.
2. En consecuencia, el informe final del Gobierno nacional dispuesto en la orden tercera del auto 2388 de 2023 se deberá entregar el 10 de junio del año en curso. Este deberá incorporar los ajustes que se deriven del dialogo desarrollado durante las sesiones técnicas y deberá ser remitido, en la misma fecha, a los organismos de control, a la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas y la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado. El informe deberá incorporar las mediciones de los indicadores correspondientes al año 2023, así como la información requerida en la orden segunda del auto 549 de 2024.
3. A continuación, se recordarán los parámetros bajo los cuales se desarrollará la sesión, según las pautas generales que se han fijado en providencias anteriores; se expondrá la metodología y se fijará la agenda de la sesión técnica.
Pautas para el desarrollo de la sesión técnica
4. Según el auto 310 de 2023 y tal como se ha dispuesto en las metodologías de las anteriores sesiones, estas se rigen por los parámetros que se recuerdan a continuación:
a. Participación del primer nivel directivo del Estado. Las entidades citadas deberán estar representadas por su máximo nivel directivo, pues es este quien tiene la capacidad de tomar las decisiones posteriores que sean necesarias para la superación del estado de cosas inconstitucional, por lo que su participación será indelegable.
b. Diálogo constructivo y estratégico. Las sesiones técnicas buscan ser un escenario de diálogo técnico, abierto, franco, propositivo y transparente entre quienes participan en ellas. Principalmente, tienen como objetivo identificar las falencias estructurales más críticas que enfrenta actualmente la política pública para personas desplazadas, qué retos subsisten en la implementación de políticas, programas y medidas adoptadas para la superación del ECI, qué acciones han servido y como continuarlas, y qué otro tipo de soluciones posibles se deben adoptar e implementar para garantizar el goce efectivo de los derechos de la población desplazada. Con base en esto, se espera que el gobierno avance en el diseño e implementación de medidas estratégicas que se traduzcan en acciones reales para la superación del ECI.
c. La sesión técnica no es un espacio de rendición de cuentas o de confrontación entre los actores que participan en ella, sino un escenario para el intercambio de ideas y la construcción colectiva de soluciones.
d. La agenda se desarrollará en dos bloques temáticos. En el primero relacionado con los componentes de prevención, protección, registro y atención humanitaria. El segundo bloque se centrará en los componentes retornos, reubicaciones, vivienda, generación de ingresos, salud, educación, reparación integral y tierras. Sin embargo, los intervienes deberán referirse en todos los casos al impacto de las fallas en dichos componentes sobre la garantía de los derechos a la identidad étnica y cultural, a la autonomía y a los territorios de los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes.
e. Las intervenciones del Gobierno nacional deberán ser articuladas, con el propósito de superar el enfoque sectorial o aislado de la respuesta institucional.
5. El Gobierno nacional contará con una (1) hora para realizar su intervención y dar respuesta a los interrogantes formulados en la agenda de la sesión (fundamento 6 de este auto). Para este propósito, serán citados particularmente: el Ministro del Interior; la directora general de la Unidad para las Víctimas; la Vicepresidenta de la República; la Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural; el director general de la Unidad de Restitución de Tierras; el director general de la Agencia Nacional de Tierras; el Ministro de Salud y Protección Social, y la Ministra de Educación Nacional.
En tal virtud, las citadas autoridades deberán designar a voceros quienes intervendrán en dentro del tiempo asignado para el Gobierno nacional e informarlo a la Sala Especial de Seguimiento a más tardar el seis (06) de mayo del año 2024. Lo anterior, sin perjuicio de las demás autoridades convocadas quienes deberán asistir debido a sus responsabilidades en relación con la garantía de los derechos de los grupos étnicos, y podrán intervenir en el escenario de diálogo.
Agenda de la sesión
6. La agenda de la sesión será la siguiente:
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AGENDA |
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Instalación Magistrada Natalia Ángel Cabo, presidenta de la Sala Especial de Seguimiento. |
8:00 a 8:10 |
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Diagnóstico Presentación de la Sala Especial de Seguimiento sobre la situación del estado de cosas inconstitucional en los componentes objeto de la sesión técnica. |
8:10 a 8:40 |
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PREVENCIÓN, PROTECCIÓN, REGISTRO Y ATENCIÓN HUMANITARIA |
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Preguntas orientadoras |
Interviniente |
Hora |
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a. ¿Qué medidas implementadas hasta la fecha por el Estado han sido efectivas para superar las falencias estructurales identificadas por la Corte en torno a los componentes objeto de este bloque?
b. ¿Cuáles son las principales fallas actuales en la política pública y los desafíos que aún enfrenta para superar dichas problemáticas y garantizar los derechos de los grupos étnicos en los componentes de este bloque?, y ¿qué impacto tienen dichas fallas en la garantía de los derechos a la autonomía, la identidad y el territorio?
c. ¿Cuáles son las recomendaciones para superar las fallas estructurales en los componentes objeto de este bloque? |
Claudia Pai Líder indígena |
8:40 a 8:55 |
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Esneda Saavedra Restrepo Consejera de la ONIC |
8:55 a 9:10 |
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Elizabeth Moreno Barco Coordinadora del Foro Interétnico Solidaridad Chocó |
9:10 a 9:25 |
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Mireille Girard Representante del ACNUR |
9:25 a 9:40 |
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José Octavio Guzmán Gobernación del Cauca |
9:40 a 9:55 |
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Receso |
9:55 a 10:10 |
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RETORNO, REUBICACIONES Y REPARACIÓN INTEGRAL (Retornos, reubicaciones, vivienda, generación de ingresos, salud, educación, reparación integral y tierras) |
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a. ¿Qué medidas implementadas hasta la fecha por el Estado han sido efectivas para superar las falencias estructurales identificadas por la Corte en torno a los componentes objeto de este bloque?
b. ¿Cuáles son las principales fallas actuales en la política pública y los desafíos que aún enfrenta para superar dichas problemáticas y garantizar los derechos de los grupos étnicos en los componentes de este bloque?, y ¿qué impacto tienen dichas fallas en la garantía de los derechos a la autonomía, la identidad y el territorio?
c. ¿Cuáles son las recomendaciones para superar las fallas estructurales en los componentes objeto de este bloque? |
Daris Cristancho Experta académica y líder indígena |
10:10 a 10:25 |
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Richard Moreno Líder afrodescendiente y defensor de derechos humanos |
10:25 a 10:40 |
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Danny Mahecha Antropóloga y experta académica |
10:40 a 10:55 |
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Coordinador del Proceso de Comunidades Negras (PCN) |
10:55 a 11:10 |
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Luis Alfonso Escobar Jaramillo Gobernación de Nariño |
11:10 a 11:25 |
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Intervenciones generales de los organismos de control y la sociedad civil |
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a. ¿Qué medidas implementadas hasta la fecha por el Estado han sido efectivas para superar las falencias estructurales identificadas por la Corte en torno a los componentes objeto de la sesión técnica? Particularmente, qué impactos han tenido las medidas ordenadas en los autos 004 y 005 de 2009.
b. ¿Cuáles son las principales fallas actuales en la política pública y los desafíos que aún enfrenta para superar dichas problemáticas y garantizar los derechos de los grupos étnicos en los componentes tratados en los bloques temáticos?, y ¿qué impacto tienen dichas fallas en la garantía de los derechos a la autonomía, la identidad y el territorio?
c. ¿Cuáles son las recomendaciones para superar las fallas estructurales en los componentes objeto de la sesión? |
Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas |
11:25 a 11:40 |
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Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado |
11:40 a 11:55 |
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Intervención conjunta de los organismos de control |
11:55 a 12:10 |
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Almuerzo |
12:10 a 2:00 |
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Intervención conjunta del Gobierno nacional |
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a. Describa brevemente las principales medidas adoptadas para corregir las fallas identificadas por la Corte Constitucional, respecto a la población indígena y afrodescendientes, en los componentes objeto de la presente sesión. Además, exponga qué impacto tuvieron sobre los derechos a la autonomía, la identidad y el territorio.
b. ¿Cuál es el estado de cumplimiento de los planes y medidas ordenadas en los autos 004 y 005 de 2009 y 266 de 2017, y cuál es su impacto en la autonomía, la identidad y el territorio de los grupos étnicos?
c. ¿Cuáles son las principales fallas actuales en la política pública y los desafíos que aún enfrenta para superar dichas problemáticas y garantizar los derechos de los grupos étnicos en los componentes tratados en los bloques temáticos?, y ¿qué impacto tienen dichas fallas en la garantía de los derechos a la autonomía, la identidad y el territorio?
d. ¿Qué medidas de política pública deben implementarse para corregir dichas fallas?
e. En caso de contar con mediciones ¿cuál es el comportamiento de la medición de los indicadores de goce efectivo de derechos en los componentes y derechos objeto de la presente sesión? |
En este bloque intervendrán las autoridades que el Gobierno designe como voceras, quienes se deberán referir a todos los temas.
Se encuentran citados:
Luis Fernando Velasco Ministerio del Interior (Prevención y protección, autonomía, identidad y territorio)
Patricia Tobón Yagarí Unidad para las Víctimas (Registro, sistemas de información, atención humanitaria, generación de ingresos, retornos, reubicaciones y reparación)
Francia Márquez Mina Vicepresidencia de la República (Coordinación interinstitucional)
Jhenifer Mojica Flórez Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural (Tierras)
Rangel Giovani Yule Zape Unidad de Restitución de Tierras (Protección y restitución de tierras)
Juan Felipe Harman Ortiz Agencia Nacional de Tierras (Tierras)
Guillermo Alfonso Jaramillo Ministerio de Salud y Protección Social (Salud)
Aurora Vergara Figueroa Ministerio de Educación Nacional (Educación) |
2:00 a 3:00 |
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Preguntas de la Sala Especial de Seguimiento, diálogo y observaciones de los intervinientes |
3:00 a 4:00 |
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Cierre |
4:00 a 4:10 |
7. En consideración a las limitaciones de espacio, las cabezas de las distintas entidades convocadas y los demás actores invitados a la audiencia pública podrán asistir con un máximo de tres (3) acompañantes de su equipo directivo con capacidad de decidir y asumir la representación de las entidades convocadas. En tal sentido, deberán remitir a esta Corporación, a más tardar el seis (06) de mayo del año 2024, el listado de las personas que asistirán a la sesión técnica con sus respectivos documentos de identidad y demás información que consideren necesaria para autorizar los ingresos respectivos.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Primero. REPROGRAMAR la sesión técnica relacionada con la protección de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes citada en los autos 1291 y 2388 de 2023, y fijar como nueva fecha el diez (10) de mayo de 2024. En consecuencia, ADOPTAR la agenda descrita en el fundamento sexto de la presente providencia. Esta sesión se llevará a cabo a partir de las ocho de la mañana (8:00 am.) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía, ubicado en la calle 12 No. 7 - 65 en la ciudad de Bogotá.
Segundo. CITAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la directora general de la Unidad para las Víctimas, la Vicepresidenta de la República; al Ministro del Interior, a la Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural, a la Ministra de Cultura, a la Ministra Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministro de Salud y Protección Social, a la Ministra de Educación Nacional, a los directores del Departamento Nacional de Planeación, de la Unidad de Restitución de Tierras, de la Agencia Nacional de Tierras, de la Unidad Nacional de Protección, del Departamento para la Prosperidad Social, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, de la Agencia Nacional de Infraestructura y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; al Registrador Nacional del Estado Civil o se delegado; al Defensor del Pueblo y sus delegados; al Contralor General de la República y sus delegados; a la Procuradora General de la Nación y sus delegados; a la coordinadora de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas y a dos (2) de sus representantes; a dos (2) representantes de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado; a los gobernadores de Cauca y Nariño.
Tercero. ORDENAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la directora general de la Unidad para las Víctimas que, de acuerdo con el fundamento quinto de este auto, informe a la Sala Especial de Seguimiento quiénes asumirán la vocería por parte del Gobierno nacional para intervenir dentro del tiempo asignado. Lo anterior, a más tardar el seis (06) de mayo del año 2024 a través del correo: desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co.
Cuarto. INVITAR, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la sesión técnica, objeto de la presente decisión, a Mireille Girard, representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Colombia; a la consejera Esneda Saavedra Restrepo de la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC); a Elizabeth Moreno Barco, coordinadora del Foro Interétnico Solidaridad Chocó (FISCH); a José Santos Caicedo, coordinador del Proceso de Comunidades Negras (PCN); y a los expertos Claudia Pai; Daris Cristancho; Dany Mahecha y Richard Moreno.
Quinto. SOLICITAR a las entidades convocadas, agencias invitadas y demás intervinientes a la sesión técnica que remitan a esta Corporación, a más tardar el seis (06) de mayo del año 2024, el listado de las personas que asistirán a la sesión técnica con sus respectivos documentos de identidad y demás información que consideren necesaria para autorizar los ingresos respectivos. Estos datos deberán ser enviados al correo electrónico de la Sala Especial de Seguimiento (desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co).
Sexto. ORDENAR al Gobierno nacional, en cabeza de la directora de la Unidad para las Víctimas y el director del Departamento Nacional de Planeación, presentar el informe final del Gobierno nacional dispuesto en la orden tercera del auto 2388 de 2023 el diez (10) de junio del año en curso. Este deberá incorporar los ajustes que se deriven del dialogo desarrollado durante las sesiones técnicas y deberá ser remitido, en la misma fecha, a los organismos de control, a la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas y a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado. El informe deberá incorporar las mediciones de los indicadores correspondientes al año 2023, así como la información requerida en la orden segunda del auto 549 de 2024.
Séptimo. SOLICITAR al Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) que disponga de los medios necesarios para la grabación de la sesión técnica y conexiones para asegurar las intervenciones virtuales que se puedan requerir, así como su transmisión. También, que se realicen las pruebas técnicas a las que haya lugar previo a la celebración de la sesión técnica.
Octavo. COMUNICAR el presente auto, por conducto de la Secretaría General de esta Corporación, a la directora general de la Unidad para las Víctimas; a la Vicepresidenta de la República; al Ministro del Interior, así como a los Directores de Consulta Previa, de Asuntos Indígenas y Minorías y de Asuntos para Comunidades Negras, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior; a la Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural; a la Ministra de Cultura; a la Ministra Ambiente y Desarrollo Sostenible; al Ministro de Salud y Protección Social; a la Ministra de Educación Nacional; a los directores del Departamento Nacional de Planeación, de la Unidad de Restitución de Tierras, de la Agencia Nacional de Tierras, de la Unidad Nacional de Protección, del Departamento para la Prosperidad Social, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística; de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, de la Agencia Nacional de Infraestructura y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; al Registrador Nacional del Estado Civil; al Defensor del Pueblo; al Contralor General de la República; a la Procuradora General de la Nación; a la coordinadora de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas; a la Secretaría Técnica de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado; a los gobernadores de Cauca y Nariño; a la representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Colombia; a la consejera Esneda Saavedra Restrepo de la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC); a Elizabeth Moreno Barco, coordinadora del Foro Interétnico Solidaridad Chocó (FISCH); a José Santos Caicedo, coordinador del Proceso de Comunidades Negras (PCN); y a los expertos Claudia Pai; Daris Cristancho; Dany Mahecha y Richard Moreno.
Noveno. SOLICITAR a la Secretaría General de esta Corporación, el acompañamiento de la sesión técnica de la que trata la presente providencia con el fin de levantar la respectiva acta.
Comuníquese y cúmplase.
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada